viernes, 5 de junio de 2020

Ingreso Mínimo Vital


  • CUÁNDO:  a partir del 15 de junio de 2020
  • DÓNDE:  en la sede electrónica de la Seguridad Social y por correo ordinario.
  • CÓMO: 
    • Si dispone de certificado electrónico o Cl@ve se podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social adjuntando también la documentación necesaria y rellenando los datos del formulario. Esta opción es la más recomendable por lo que se ha habilitado la posibilidad de utilizar este servicio a través de otra persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve y que actuará en calidad de representante.
    • Si no dispone de certificado digital o Cl@ve podrá utilizar el servicio habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en la Sede Electrónica para su solicitud sin certificado. Se abrirá un formulario donde se rellenarán los datos del solicitante y de los posibles beneficiarios que formen parte de la unidad de convivencia, sus documentos identificativos y la documentación necesaria para resolver la solicitud.
    • También a través de los ayuntamientos una vez se suscriban los convenios pertinentes y con apoyo de entidades del tercer sector (en calidad de representantes).
  • REQUISITOS:
    • cumplir las condiciones de vulnerabilidad económica que se establecen
    • tener más de 23 años y menos de 65, salvo que tenga algún menor a su cargo
    • residencia continuada e ininterrumpida en España durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud y residencia legal en nuestro país en el caso de ciudadanos extranjeros
    • para los solicitantes que viven solos se exige haber vivido durante al menos los tres años previos a la solicitud de forma independiente de los progenitores
    • para los solicitantes que viven solos se exige haber vivido durante al menos los tres años

  • DOCUMENTACIÓN A PREPARAR:
    • Solicitud cumplimentada de la prestación de Ingreso Mínimo Vital (en la web)
    • DNI/Pasaporte de los miembros de la unidad familiar.
    • Certificado de empadronamiento (individual si es persona que vive sola o colectivo para unidades familiares)
    • Libro de familia, certificado del registro civil, inscripción en un registro de parejas de hecho y/o certificado de empadronamiento en la misma vivienda.
    • ¿Documento de declaración jurada de ingresos? En algunas webs informativas se indica que en la solicitud se autorizará a la administración a consultar los datos tributarios y de catastro inmobiliario (ingresos y patrimonio). En otras se indica que puede que sea necesario hacer un modelo de declaración jurada de ingresos.
    • ¿Situación de demandante de desempleo?
    • Otros, según casos: (libro familia menores 14 años sin DNI, inscripción registro central extranjeros, certificado de discapacidad, documento de emancipación, etc. )
Esta información es orientativa, para resolver dudas consultar fuentes oficiales.

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